Fuero Laboral: Liquidación Art. 132 L.O.
En el Fuero Laboral, una vez que el expediente bajó de Cámara, si tuvo sentencia definitiva favorable a la actora, el Juzgado practicará la liquidación prevista en el art. 132 de la Ley 18.345 (L.O.)….
En el Fuero Laboral, una vez que el expediente bajó de Cámara, si tuvo sentencia definitiva favorable a la actora, el Juzgado practicará la liquidación prevista en el art. 132 de la Ley 18.345 (L.O.)….