¿Se debe notificar la desparalización de un expediente?

Profesión: Psicólogo/a

Comentario:

Fui a uno de los tantos juzgados que tengo y me dijeron que el expediente estaba paralizado . Me dieron el N° de legajo y me dijeron que debía notificar.
Pregunto : a quién o quiénes debo notificar ? Cómo es el escrito ? Va con copias? y quien lo copia? (lo hago todo yo?).

Respuesta:

Si el expediente está paralizado, debe ser «sacado de paralizado» para poder verlo.

Ya vimos cómo sacar de paralizado en ESTE POST.

Vimos también qué escrito presentar, AQUÍ.

Y mucho más sobre desparalización de expedientes podrán encontrar AQUÍ.

Una vez que se saca el expediente de paralizado, los juzgados suelen ordenar que esta circunstancia se notifique a las partes.

Esta notificación debe hacerla el interesado (en este caso el perito) y las cédulas debe confeccionarlas como usualmente se hace y sin copias ya que no es una cuestión de la cual deba correrse traslado.


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