¿Cómo constituyo domicilio electrónico?

En los expedientes de 2015 y algunos de 2014 en adelante, los peritos están electrónicamente incluidos de manera automática. En estos casos, en cada escrito tienen que mencionar, además del domicilio físico, el electrónico. Pero no es necesario otra acción de su parte.

En los expedientes anteriores a esos años, es necesario constituir el domicilio electrónico mediante la presentación de un escrito «Constituye domicilio electrónico» en el que se informe al juzgado cuál es ese domicilio (o sea nuestro CUIT).

Sugiero pedir, en el mismo escrito, que se valide el domicilio electrónico. Esto es, que se incorpore al sistema Lex 100, a fin de poder utilizar las funciones de notificación y de subida de documentos sin problemas.

Y por último, una vez que vemos el proveido que tiene presente el domicilio electrónico, sugiero controlar: el expediente debe aparecer en nuestra lista de relacionados del Sistema de Consultas Web.


No announcement available or all announcement expired.


 

Suscribirse por mail

Reciba nuestras publicaciones por mail