Es una situación bastante frecuente en el Fuero Civil (Civil y Comercial en Provincia).
En un expediente que aún está en prueba, se contactan de la aseguradora y nos dicen que llegaron a un acuerdo con la parte actora y que nos ofrecen el pago extrajudicial de nuestros honorarios que los calculan en un porcentaje de dicho acuerdo.
No hay nada de malo en aceptar esa propuesta, pero conviene tener en cuenta ciertas cuestiones:
- En general ofrecen un porcentaje menor al mínimo que suele regularse en la jurisdicción. Verificar y en su caso solicitar que el monto se ajuste al menos a ese mínimo.
- Siempre formalizar ese ofrecimiento por escrito de forma tal que tengamos una copia para presentar en el expediente. Será muy útil si incumplen.
- Si tenemos dudas sobre el monto del acuerdo que nos dicen han arribado, podemos incluir una cláusula que mencione que la validez del convenio de honorarios queda sujeta al monto del acuerdo entre las partes el cuál deberá presentarse en autos.
- Para evitar incumplimientos o minimizar las demoras en el pago, es útil incluir un apercibimiento que contemple que si no se abona en determinado plazo, el acuerdo cae y podremos pedir la correspondiente regulación en el expediente, siguiendo el procedimiento habitual.
- Nunca aceptar el ofrecimiento sin evaluarlo previamente. Recordar que el negocio de las aseguradoras siempre es pagar lo menos posible.
Dr. Mariano A. Fernández Oromendia
Especialista en cobro de honorarios periciales.
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