Nos regularon honorarios, los apelamos por bajos (recuerden que SIEMPRE se deben apelar por este motivo) y la demandada los apeló por altos.
El siguiente paso es que el expediente suba a Cámara para que se resuelva la cuestión, para que nuestros honorarios queden firmes y podamos reclamarlos.
Para ello, los juzgados del Fuero Civil controlan que todas las partes y peritos estén notificados de todas las regulaciones de honorarios producidas.
Esto es así porque se aseguran de que todos hayan tenido la posibilidad de apelar y que el expediente suba a Cámara una sola vez y se resuelva sobre todo.
Lo contrario significaría un eterno ida y vuelta al Superior cada vez que alguien se notifique y apele honorarios.
Como en este Fuero -a diferencia del Laboral- el impulso corresponde a la parte interesada, el juzgado al hacer este control se limita a manifestar qué notificaciones faltan para que el expediente suba. Pero la confección de las cédulas están a cargo del interesado.
Por ello es que se debe prestar atención a lo que va marcando el Juzgado y cumplir con las notificaciones, que no siempre se relacionan con nuestros honorarios pero que si no se cumplen forzosamenteatrasarán nuestro cobro ya que todo va atado a la misma elevación.
Dr. Mariano A. Fernández Oromendia
Especialista en cobro de honorarios periciales.
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