Este es el caso del perito que es designado en el expediente, acepta el cargo y convoca a otro profesional para que participe de la pericia, con autorización del juzgado.
Al finalizar la causa el Juzgado regulará honorarios al profesional sorteado únicamente.
¿Cómo puede el profesional convocado cobrar sus honorarios?
En primer lugar, como lo más probable es que el juzgado «a priori» no tenga presente a este profesional para regularle honorarios, se puede pedir la regulación a fin de confirmar cuál es el criterio del Juez al respecto. Si le regula honorarios el asunto estará solucionado y se sigue el procedimiento habitual.
Si no regula honorarios, la retribución del profesional convocado dependerá de lo que haya pactado con el convocante.
Sugiero que al comenzar, se firme un convenio de honorarios en el que se detalle con toda claridad cuál será la tarea del convocado y cuáles serán sus honorarios, ya que si el Juez no los reconoce deberán ser abonados por quien lo convocó.
La cuestión impositiva deberá ser soportada por cada profesional en la medida de sus honorarios.