Nuestro «enemigo», el Beneficio de Litigar sin Gastos

Consulta recibida en el FORMULARIO DE CONSULTAS:

Comentario:


Cuando se realiza una pericia con el beneficio de litigar sin gastos, el perito pierde el derecho de cobrar honorarios?,porque la mayoria de las pericias que llegan vienen con ese beneficio y la verdad es que no está bueno trabajar y luego no poder cobrar honorarios

 

Respuesta:

El Beneficio de Litigar sin Gastos implica que el actor carece de recursos para afrontar los gastos del juicio y que lo ha podido probar a través de un incidente conexo al expediente principal en el que el perito le ha tocado actuar.

Se supone que es una forma de que los ciudadanos sin recursos puedan acceder a la justicia.

Uno de los gastos que el actor no tendrá obligación de abonar serán los honorarios de los peritos, además de la tasa de justicia y otros.

Lamentablemente, este detalle de la actuación pericial «vienen en el combo» de este trabajo. Pero no es una situación de las más frecuentes porque implica:

1. Que el actor haya perdido el juicio (costas a su cargo), y

2. Que el demandado sea insolvente.

Observado desde el punto de vista del perito que recién se inicia en esto resulta injusto que, dada esta situación, en los primeros cobros que va teniendo le opongan la existencia del Beneficio, pero una vez que arma «su rueda» puede comenzar a mirar al trabajo pericial como un todo en el que a veces se cobrarán montos más elevados con menos trabajo y otras posiblemente se dejará de cobrar, por esta u otra razón.

Pero no todo es espinas en este camino del perito.

Siempre puede echar mano al cobro del 50% a la parte no condenada en costas que establece el art. 77 del Código Procesal.


 

Recuerden que éste y los demás temas serán explicados con mayor profundidad en el SEMINARIO DE COBRO DE HONORARIOS DE PERITOS que estaremos realizando junto a la Lic. Patricia Croas (perito psicóloga) el día 18 de julio de 2014 a las 17 hs. Cupos limitados.

Más información en: www.soyperito.com/seminario

 

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