Uno de los principales problemas en la práctica pericial no es la regulación de honorarios en sí, sino llegar a tiempo al momento en que esa regulación ocurre.
Entre la finalización de la labor pericial y el cobro efectivo de honorarios suele transcurrir un período incierto, que depende del expediente, del juzgado y de la dinámica de las partes. Sin embargo, hay una regla clara que no admite excepciones:
Los honorarios no se regulan hasta que el expediente finaliza.
Esto puede suceder por:
- sentencia
- acuerdo conciliatorio
- caducidad de instancia
El error más frecuente: esperar la notificación
Muchos peritos asumen que serán notificados cuando llegue el momento de la regulación. En la práctica, esto rara vez ocurre, especialmente en el fuero civil.
El resultado es previsible:
honorarios regulados, e incluso ya depositados, que nunca son cobrados porque el perito simplemente no se enteró a tiempo.
Esto no es un caso excepcional. Es una situación que se repite con mucha frecuencia en los expedientes judiciales.
La clave: seguimiento activo del expediente
La única forma de evitar esta pérdida es implementar un seguimiento sistemático del expediente desde el momento en que finaliza la labor pericial.
Esto implica:
- controlar periódicamente el estado procesal
- detectar cuando la causa se encuentra próxima a resolverse
- identificar el momento exacto en que se dicta la sentencia o acuerdo
No se trata de una tarea opcional. Es una condición necesaria para poder cobrar.
Por qué la mayoría de los peritos no lo hace
En la práctica, muchos peritos dejan de seguir el expediente una vez terminada su intervención.
Las razones son conocidas:
- carga de trabajo
- falta de tiempo
- multiplicidad de causas
- falsa confianza en el sistema de notificaciones
El problema es que el sistema no suple esa falta de seguimiento.
El diferencial: anticiparse al momento de la regulación
Un seguimiento adecuado no solo permite enterarse de la regulación: permite anticiparse.
Estar atento al expediente posibilita:
- detectar el cierre de la etapa probatoria
- prever el dictado de sentencia
- estar listo para actuar en el momento exacto
Esto marca una diferencia concreta en los tiempos de cobro.
Una práctica que evita demoras (y pérdidas)
Por este motivo, cuando un perito me encarga la gestión de cobro de honorarios, le solicito los datos del expediente inmediatamente después de finalizada su intervención (por ejemplo, una vez contestadas las impugnaciones).
Esto permite:
- incorporar el expediente al ssitema de seguimiento
- no perder el control del proceso
- actuar en cuanto se habilita la regulación
Conclusión
En materia de honorarios, el problema no suele ser jurídico, sino operativo.
Los honorarios se regulan, los fondos muchas veces se depositan.
Pero si no hay seguimiento, no se cobran.
Por eso, más que esperar el momento adecuado, la clave está en detectarlo y actuar sin demoras.
Dr. Mariano A. Fernández Oromendia
Especialista en cobro de honorarios periciales.
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