Es muy común que en los casos laborales que terminan con un acuerdo de partes o en los que la actora pierde el juicio, nos llegue una cédula electrónica en la que nos intiman a «formular concretas peticiones».
En ambos casos el proceso está terminado y el juzgado envía esa cédula como último aviso antes de archivar el expediente y porque aún falta algo de parte de los peritos.
En el caso de acuerdos, podrían no haberse aún regulado honorarios (caso más remoto, porque suelen regularlos de oficio al momento de homologar).
Sin embargo, en general lo que falta es que los peritos accionen el cobro de sus honorarios. Entonces, habrá que avanzar con lo que falte hacer.
Es decir, si los honorarios no fueron regulados habrá que pedir su regulación y desde allí seguir el proceso hasta el cobro.
Si, por el contrario, ya hay regulación de honorarios y éstos están firmes, lo que corresponde es pedir que se intime al cobro.
Es recomendable no dejarse estar con estas presentaciones, ya que el expediente está próximo a ser archivado y si se archiva es mucho más engorroso continuar.
Dr. Mariano A. Fernández Oromendia
Especialista en cobro de honorarios periciales.
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