Hay expedientes que una vez que s e terminó con el trabajo pericial vemos que no avanzan y quedan detenidos en la etapa de prueba.
Nosotros, por supuesto, necesitamos que llegue la sentencia para que nos regulen los honorarios y sepamos quién estará obligado a pagarlos.
Las posibles soluciones a este problema dependen del fuero.
En el Fuero Laboral el impulso es de oficio (del juzgado, no de las partes), por lo que la responsabilidad de que la causa avance es del Juez.
Por este motivo, ante un expediente detenido (nótese que no digo paralizado) cuando todavía hay prueba pendiente, en el Fuero Laboral podemos solicitar al juzgado que lo impulse o bien que intime a las partes si mantendrán la prueba pendiente.
Muchas veces esto destraba la situación y el expediente vuelve a avanzar.
En el resto de los fueros, como el impulso es de parte, tenemos dos posibilidades:
- Verificar que se den las pautas del art 12 de la ley 27.423 y solicitar regulación de honorarios, cuyo pago estará a cargo de la parte que requirió la actuación del perito.
- Solicitar que se intime a las partes a manifestar interés en la prosecución del juicio o si han arribado a un acuerdo.
Esta última opción puede hacer que la parte actora vuelva a impulsar la causa, o que la demandada (o el juzgado de oficio) avance hacia la caducidad de instancia, dando por finalizado el proceso.
Dr. Mariano A. Fernández Oromendia
Especialista en cobro de honorarios periciales.
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