A diferencia del Fuero Laboral, en el que los Juzgados transfieren los honorarios de manera directa desde la cuenta del expediente hacia la cuenta del beneficiario, en el Fuero Civil, ordenan el libramiento de un oficio DEOX hacia Banco Nación con para que el Banco proceda a realizar la transferencia.
Esto trae todo tipo de demoras: los juzgados olvidan realizar la transferencia una vez vencido el plazo para que consiente, piden más datos, el Banco se ve colapsado por la gran cantidad de transferencias que procesa diariamente, etc.
Por eso, desde nuestro lugar podemos prestar atención a las siguientes cuestiones, que si las realizamos evitaremos parte de la demora usual:
1. Al pedir el giro electrónico, informar la sucursal del banco en la que está radicada nuestra cuenta, ya que increíblemente es un dato que el Banco Nación le pide a los Juzgados para transferir y es mucho mejor si el Juzgado cuenta con esa información antes de ordenar el DEOX.
2. Al obtener el proveído que ordena la transferencia de los honorarios y el libramiento de DEOX, tener en cuenta que para que ese giro salga debe consentir, por lo que es muy útil contar ese plazo y agendarse para revisar unos días después si el Juzgado efectivamente envió el DEOX al Banco.
Para ver cómo se cuenta el plazo para que el giro consienta, CLICK AQUI.
3. Si vemos que el Juzgado envió el DEOX , agendarse para una semana/10 días después, insistir en que se libre un nuevo DEOX, en caso de que no hayamos recibido los fondos.
4. Si recibimos fondos pero estamos en duda sobre si pertenecen o no al expediente en cuestión, podemos pedir se hagan visibles los movimientos de la cuenta del expediente, para corroborarlo.
Dr. Mariano A. Fernández Oromendia
Especialista en cobro de honorarios periciales.
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