Desistir de la apelación: ¿cuándo y cómo?


Siempre se puede desistir de la apelación de los honorarios.

¿Para qué querríamos desistir de una apelación de honorarios? Básicamente, para lograr que éstos queden firmes y poder avanzar con la siguiente etapa: la intimación.

Pero hay que prestar atención a ciertos aspectos que son importantes para no perjudicar el cobro.

  1. Debo cerciorarme de que los honorarios no estén apelados por altos, ya que si así fuera el expediente de todas formas se elevará a Cámara y estaré en desventaja por haber desistido.
  2. Debo estar seguro que las partes hayan perdido la posibilidad de apelar por altos por haber transcurrido el plazo para hacerlo.
  3. Debe haber sido concedida mi apelación por bajos, ya que no se puede desistir de algo que no tengo.
  4. No debe haber subido el expediente a Cámara. Caso contrario el desistimiento habrá que presentarlo en la Sala y antes de que resuelvan.
  5. El desistimiento, por sí solo, no hará avanzar el expediente. Siempre hay que pedir algo más.

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