La nueva Ley de Honorarios, que cada vez se aplica más a medida que pasa el tiempo, trajo una mejora en varios aspectos de los honorarios periciales en el Fuero Civil.
Históricamente en causas susceptibles de apreciación pecuniaria (es decir, en las que se reclama dinero) las regulaciones en el Fuero Civil de CABA rondaban el 3 – 4% del monto de condena.
La ley fijó que los honorarios periciales no pueden ser inferiores al 5%, por lo que los jueces están teniendo en cuenta este último porcentaje al regular.
Muchas aseguradoras salen a la caza de peritos desprevenidos y siguen contactándolos -al llegar a un acuerdo entre las partes y antes de la regulación- para ofrecerles el pago de sus honorarios en un 4% del monto del acuerdo. Si el perito acepta, se habrán ahorrado un 1%, que a veces no es poco dinero.
Otra gran mejora es que la regulación en UMA permite que los honorarios se mantengan siempre actualizados, ya que por aplicación de la nueva ley la condenada en costas cumple con la obligación a su cargo abonando el valor de UMA vigente al momento del pago.
En el estudio hemos logrado aumentar muchos honorarios invocando este aspecto de la ley.
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