Giros electrónicos obligatorios en el Fuero Laboral

Hasta el momento, cada vez más juzgados laborales hacen uso del giro electrónico para el pago de honorarios. Es decir, solicitan se denuncien los datos bancarios y proceden a transferir el importe correspondiente en forma directa a la cuenta del beneficiario en lugar de librar el cheque tradicional.

Por aplicación de la Resolución 10 de la Cámara de Apelaciones del Trabajo, se dispuso que a partir del 1ro. de julio de 2019, será obligatorio el libramiento de giros electrónicos y la obtención de saldos, por lo que ya no se librarán los cheques tradicionales.

Esta es la Resolución dictada:

Obligatoria transferencia

 


Especialista en cobro de honorarios periciales.
Contrate mis servicios AQUÍ.

Deje una consulta sobre cobro de honorarios AQUÍ.

 

Suscribirse por mail

Reciba nuestras publicaciones por mail