Un expediente laboral conciliado en el que apelé honorarios por bajos y también me los apelaron por altos no sube a Cámara. ¿Qué puedo hacer?
En primer lugar hay que fijarse en cuántas cuotas las partes pactaron el pago del acuerdo, ya que hasta que el actor no termine de cobrar, el juzgado no enviará el expediente a Cámara.
En esas circunstancias, si son muchas cuotas puedo avanzar solicitando la formación de un incidente de apelación. Subirá a cámara el incidente sin necesidad de esperar a que se termine de pagar el acuerdo.
A diferencia del Fuero Civil, en el que el impulso del expediente corresponde íntegramente a los interesados -y por ende debemos lograr que todos estén notificados de nuestra regulación-, en el Fuero Laboral, al tener impulso de oficio, es el mismo Juzgado quien envía las cédulas electrónicas en el momento de regular honorarios, al homologar el acuerdo arribado por las partes.
Por este motivo, es muy poco probable que haya quedado alguien sin notificar ya que esto no depende de las partes o peritos.
No obstante, a veces a pesar de que el actor ha percibido completamente el monto del acuerdo, el Juzgado omite la elevación del expediente, ya sea porque la causa quedó traspapelada, por el cúmulo de tareas, etc.
Si ello ocurre, lo más conveniente es presentar un escrito solicitando se proceda a elevar el expediente a Cámara, no para que el juzgado revise si están las condiciones dada para elevar, como ocurre en el Fuero Civil sino a efectos de captar la atención del Juzgado sobre el expediente, logrando casi con certeza la elevación.
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