Una vez que nos regularon los honorarios, los apelamos, nos conceden el recurso y el expediente entonces debería subir a Cámara.
Esto tenemos que impulsarlo mediante la presentación de un escrito simple en el que pedimos que el expediente «se eleve».
El Juzgado verificará que estén dadas todas las condiciones para poder enviar la causa al Superior y la elevará.
Una vez en Cámara verificarán el monto de nuestros honorarios, el monto del proceso y las pautas legales para toda regulación de honorarios.
La demora de todo este proceso de segunda instancia estará dada por varios aspectos, tales cómo:
- Si el expediente subió con apelaciones de sentencia o sólo con apelaciones de honorarios.
- Si se han apelado todos los honorarios o solamente los nuestros.
- Volumen y complejidad de la causa.
- Fuero (civil, laboral, contencioso, civil y comercial federal), etc.
Como mínimo podemos esperar un plazo de 15 días, pero existen expedientes, sobre todo federales, que pasan varios años en Cámara.
Para promediar, digamos que entre uno y tres meses es lo normal.
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Si no se logra notificar al actor del recurso de apelación, pero existe un resposnable solidarios como una aseguradora que pago la sentencia y esta notificado. Que camino le queda al perito para que el expediente no muera en el Juzgado