Una vez que la labor pericial terminó, el perito no tiene más que proceder a cobrar los honorarios por su trabajo, pero para eso es necesario que el Juez determine su monto a través de la regulación de honorarios.
Puede ocurrir que este procedimiento ocurra «de oficio» y el Juez regule los honorarios o no.
Si el Juez no los regula, es necesario que el perito lo solicite. Para eso debe presentar un escrito, pero ¿en qué momento?
Nunca antes de la sentencia. Ello, porque no será hasta la sentencia que se sabrá el resultado del juicio y su monto, ambos elementos clave para la regulación ya que en ellos el Juez se apoya.
Pero, también podría pasar que el Juez decida no regular honorarios hasta que el expediente no haya vuelto de Cámara con las apelaciones resueltas, porque esese el momento en que se sabrá el resultado final y definitivo.
En todos los casos el profesional debe estar atento al seguimiento del expediente para no demorar el pedido, y por ende el cobro de sus honorarios.
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Dr. Mariano A. Fernández Oromendia
Especialista en cobro de honorarios periciales.
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