¿En qué momento puedo pedir un embargo?

Para pedir un embargo que posibilite el cobro de nuestros honorarios es necesario que ocurran los siguientes pasos:

1) Que se haya pedido se intime a la obligada al pago a que deposite nuestros honorarios.

2) Que se haya ordenado dicha intimación.

3) Habr notificado a la obligada al pago de la intimación solicitada.

4) Contar que haya pasado el plazo correspondiente (3 días + dos primeras en laboral y 5 días + dos primeras en el resto de los fueros)

5) Pedir embargo sobre los bienes que se haya detectado que la obligada al pago posea.

6) Seguir adelante con el embargo hasta tener los fondos en el expediente.


Dr. Mariano A. Fernández Oromendia
Especialista en cobro de honorarios periciales.
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