Cuando fuimos deignados en un incidente y realizamos la pericia pueden regularnos honrarios en el mismo, pero debemos esperar a que se resuelva el expediente principal.
Es lo que ocurre típicamente en los Beneficios para Litigar sin Gastos, en los que se terminó la labor pericial pero no nos permiten avanzar en los pasos que se deben dar para el cobro hasta tanto no finalice el expediente que lo ocasionó.
Esto es así porque quien debe asumir las costas tanto del principal como de los incidentes que hubiere es la parte que resulte condenada en el expediente principal.
Entonces, lógicamente sin resolución en dicho expediente no tendremos contra quien avanzar para reclamar nuestros honorarios.
Por ese motivo, podemos llegar a apelarlos dentro del plazo legal cuando son regulados, pero no podremos seguir avanzando hasta tanto no exista parte condenada en costas en el expediente principal.
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