Expediente laboral conciliado no sube a Cámara, ¿qué puedo hacer?

En los expedientes laborales conciliados es frecuente que, aun existiendo apelaciones de honorarios (tanto por bajos como por altos), la causa no sea elevada a Cámara. Antes de asumir que hay un error, conviene revisar algunos puntos clave.

El primer dato a verificar: la forma de pago del acuerdo

Lo primero es observar en cuántas cuotas las partes pactaron el pago del acuerdo conciliatorio.

Mientras el actos no haya cobrado la totalidad del acuerdo, el juzgado no enviará el expediente a Cámara.

Esto responde a la lógica del fuero: la causa se considera en trámite hasta que el acuerdo esté íntegramente cumplido.

Qué hacer si el acuerdo se paga en muchas cuotas

Si el pago se pactó en numerosas cuotas y la espera resulta excesiva, existe una alternativa: solicitar la formación de un incidente de apelación.

De esta manera, lo que se eleva a Cámara es el incidente, sin necesidad de aguardar a que el actor termine de percibir la totalidad del acuerdo. Es una herramienta útil para evitar que la revisión de honorarios quede paralizada durante meses o incluso años.

Diferencia clave con el Fuero Civil

A diferencia del Fuero Civil (donde el impulso del expediente depende íntegramente de las partes y es necesario acreditar que todos los interesados estén notificados), en el Fuero Laboral rige el impulso de oficio.

Esto implica que:

  • El propio juzgado envía las cédulas electrónicas.
  • Las notificaciones de la regulación de honorarios se cursan al homologar el acuerdo.

Por este motivo, es muy poco probable que la falta de elevación se deba a un problema de notificaciones, ya que no depende de la actividad de las partes ni de los peritos.

Cuando el acuerdo ya fue cobrado y el expediente igual no sube

Puede ocurrir que, aun cuando el actor haya cobrado la totalidad del acuerdo, el expediente no sea elevado a Cámara. En la práctica, esto suele deberse a cuestiones administrativas: acumulación de trabajo, expedientes traspapelados o simples demoras del juzgado.

En esos casos, lo más eficaz es presentar un escrito solicitando la elevación del expediente a Cámara.

No se trata de pedirle al juzgado que «revise si están dadas las condiciones», como ocurre en el Fuero Civil, sino de llamar la atención sobre el expediente. En la mayoría de los casos, esa presentación es suficiente para que la elevación se concrete.



Dr. Mariano A. Fernández Oromendia

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