¿Qué es caducidad de instancia y cómo afecta nuestros honorarios?

¿Qué es la caducidad de instancia y cómo afecta nuestros honorarios?

La caducidad de instancia es una forma de finalización del proceso que ocurre cuando la parte actora (quien inició el juicio) abandona el impulso del expediente durante un período legal determinado. En palabras simples: si nadie mueve la causa durante cierto tiempo, el expediente «se cae» y el proceso termina sin sentencia.

Esto tiene consecuencias directas para los peritos que intervinieron, por lo que es fundamental conocer cómo funciona y qué efectos produce.


¿En qué casos procede la caducidad?

La caducidad procede cuando pasan más de seis meses sin que la parte actora realice un acto procesal de impulso válido.

Cómputo del plazo:

  • El plazo se computa en días corridos.
  • Las ferias judiciales no se computan, por lo que deben descontarse del cálculo.

Una vez transcurrido ese plazo:

  • La parte demandada puede pedir la declaración de caducidad, o
  • El juez puede declararla de oficio, verificando la inactividad del expediente.

En síntesis: si el expediente permanece paralizado durante seis meses (descontando ferias), la caducidad puede declararse tanto a pedido de parte como de oficio.


¿Qué efectos tiene sobre el proceso judicial?

La declaración de caducidad produce la terminación del proceso. El expediente se cierra y no puede continuar su trámite.

Sin embargo, esto no afecta el derecho sustancial del actor: puede volver a presentar la demanda e iniciar un proceso nuevo por el mismo reclamo. Lo que pierde es la posibilidad de continuar este expediente en particular.

  • ✔️ El expediente actual termina.
  • ✔️ El actor puede iniciar otro juicio.
  • ❌ No puede continuar esta causa.

¿Qué efectos tiene sobre los honorarios?

Aunque el proceso termine, los peritos que intervinieron mantienen su derecho a cobrar los honorarios por el trabajo realizado.

Tras la caducidad:

  • Estamos en condiciones de pedir la regulación de honorarios, si aún no fue dictada.
  • Desde allí, el procedimiento hacia el cobro es el mismo de siempre: notificación, firmeza, ejecución y, si es necesario, embargo.

No obstante, hay un aspecto clave:

  • Como el proceso terminó «por culpa de la actora» (por no impulsarlo), las costas casi siempre se imponen a la parte actora.

Esto significa que será la actora quien debe abonar nuestros honorarios.

Y aquí surge la dificultad práctica:

  • La actora suele ser más difícil de ejecutar que la demandada.
  • Puede carecer de bienes o cuentas bancarias embargables.
  • En muchos casos cuenta con Beneficio de Litigar sin Gastos, lo que complica aún más el cobro.

En conclusión, aunque el derecho de cobrar permanece intacto, la ejecución puede volverse más desafiante.


Conclusión

La caducidad de instancia cierra el proceso, pero no elimina el derecho del perito a cobrar sus honorarios. Lo que cambia es quién debe pagar y la dificultad real de la ejecución.

Por eso, para los peritos es esencial:

  • controlar periódicamente los plazos,
  • detectar expedientes próximos a caducar,
  • y actuar antes de que se pierda tiempo en una causa destinada a caer.


Dr. Mariano A. Fernández Oromendia

Especialista en cobro de honorarios periciales.

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