Fuero laboral: la Cámara ya decidió sobre las apelaciones de honorarios, ¿ahora qué pasará?


Una vez que la Cámara de Apelaciones del Fuero Laboral se expide sobre las apelaciones de la sentencia y/o los honorarios, se inicia una nueva etapa procesal. Es crucial conocer los pasos que se vienen, ya sea que la demanda haya sido favorable o no.


La vuelta del expediente al Juzgado

Los primeros pasos, que marcan el ritmo del proceso, son:

  • La Cámara notificará su resolución a todas las partes y peritos por cédula electrónica.
  • Inmediatamente después, el expediente será devuelto al juzgado de origen.
  • Una vez que el juzgado recepcione la causa, la ruta a seguir dependerá del resultado del juicio.

Escenario 1: Si la demanda fue exitosa (la actora ganó el juicio)

Cuando la parte actora obtiene un fallo favorable, el expediente tomará el siguiente camino hacia la ejecución de la sentencia:

  • El expediente pasará a despacho para la práctica de la liquidación del Artículo 132 de la Ley de Organizaciones (L.O.).
  • En esta etapa se calculará el monto total de capital más sus intereses. Además, se determinarán los honorarios de todos los profesionales intervinientes, aplicando los porcentajes regulados sobre ese capital e intereses.
  • En ocasiones, debido al gran volumen de trabajo, el juzgado puede encomendar la realización de esta liquidación a la propia parte actora o a un perito contador.
  • Una vez lista, se correrá traslado de la liquidación, lo cual incluirá la intimación formal al pago de los montos resultantes.

Escenario 2: Si la demanda no fue exitosa (la actora perdió el juicio)

Si la parte actora no obtuvo un resultado favorable, el proceso se enfoca en la resolución y cierre, pero con una oportunidad clave para los profesionales:

  • El juzgado intimará a todas las partes y peritos a formular peticiones dentro de un plazo determinado, bajo apercibimiento de archivar el expediente.
  • ¡Atención! Este es el momento preciso para intimar el pago de los honorarios que te corresponden, de acuerdo con la condena en costas que haya sido establecida.


Dr. Mariano A. Fernández Oromendia

Especialista en cobro de honorarios periciales.

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