Los incidentes son «desprendimientos» del juicio principal que posibilitan el trámite de determinada cuestión sin alterar las actuaciones principales, pero relacionadas a éstas.
El típico caso en el que se ordena la formación de un incidente es, en el Fuero Laboral, si se han apelado los honorarios y se desea impulsar la elevación a Cámara y el actor está cobrando el capital de condena en varias cuotas.
La elevación a Cámara imposibilitaría que el actor siguiera cobrando sus cuotas y por eso se ordena la formación de un incidente a fin de que sólo éste suba a Cámara.
El incidente debe constar de fotocopias certificadas de todo lo relacionado a la situación por la cual fue formado.
Así, si es para elevar a Cámara para resolver una apelación de honorarios, las copias certificadas deberán serlo de la designación del perito, la pericia, las impugnaciones y sus contestaciones, la regulación de honorarios, las apelaciones que hayan tenido y la concesión de los recursos.
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