Me llegó una impugnación por vía electrónica, ¿puedo responderla por la misma vía?

La implementación del sistema de notificaciones electrónicas implica que los peritos reciban las comunicaciones que antes venían en papel, a través del sitio del Poder Judicial, recibiendo un mail de cortesía que avisa que la notificación se produjo y que debemos verla ingresando al mencionado sitio con usuario y contraseña.

Es decir que la comunicación del Tribunal al Perito se agota cuando llega la cédula electrónica notificándonos que, por ejemplo, tenemos una impugnación y desde ese momento comienza a correr el plazo para contestarla.

No obstante la digitalización del sistema, el expediente siguen siendo escrito y en papel. Ello quiere decir que no se ha implementado un sistema de firma electrónica (como sí se está implementando en la Provincia de Buenos Aires), que nos permita evitar la presentación de un escrito con nuestra firma de puño y letra en el expediente.

Lo que si prevé el sistema es la presentación digital de una copia del escrito que se presente, lo que significa que ya no se deberán acompañar en el expediente «tantas copias para traslado como partes haya» (en papel) y será suficiente con la que subamos (vía archivo PDF) a la página del poder judicial.

El e-mail no se utiliza para nada en este sistema, más que para recibir los avisos de cortesía cuando tenemos una nueva notificación electrónica.

No obstante, algunos juzgados -sobre todo civiles- reciben vía mail oficios de embargo en word a efectos de facilitar el confronte de los mismos, pero esto no se relaciona con el sistema de notificación electrónica.

Además de ahorrarnos la impresión de copias de traslado y de tener que presentarlas en el juzgado, el sistema electrónico permite acelerar el proceso de cobro de honorarios. Lo pongo en práctica, como abogado, con mis clientes-peritos cada vez que puedo (es decir, si las partes tienen domicilio electrónico) a través del envío de cédulas digitales que permiten que el destinatario de la misma se notifique en el mismo momento en que se la envío.

Lamenteblemente, los peritos al menos hasta ahora tienen vedado el envío de cédulas electrónicas, lo cual no les permite avanzar en forma directa con mayor celeridad en el cobro de sus honorarios. Esto debería revertirse.


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