Comentario de una perito informática, a través del FORMULARIO DE CONSULTAS:
Dr. Oromendia, tengo varias preguntas : en un expediente que deja de tener movimientos (ni de la demandada ni de la actora) en el cual el perito hizo su pericia.
El perito puede reclamar sus honorarios? a partir de que momento? cual es la forma que debe tener tal escrito?
Respuesta:
Es un tema, por la imposibilidad del perito de recurrir a la caducidad de instancia.
Una posible solución sería la explicada en este post:
Las partes no impulsan el proceso ¿qué puedo hacer?
Recuerden que estamos inscribiendo para el SEMINARIO DE COBRO DE HONORARIOS que brindaremos junto a la Lic. Partricia Croas (perito psicóloga) el día 7 de octubre a las 17 horas.
Como Perito Contador, estoy en un momento similar. En un expediente del fuero comercial se decretó la caducidad de la segunda instancia porque la actora presentó la apelación en forma extemporánea. Mis honorarios fueron recurridos por la demandada. Presenté dos escritos: uno solicitando el pago de los honorarios regulados en primera instancia y otro solicitando se intime a las partes a impulsar la causa. Ambos fueron rechazados.
Es una situación un poco diferente a la comentada en el post, porque en tu caso ya declararon la caducidad de instancia. Si ella está firme el proceso terminó.
Ahora bien, sin haber visto el expediente ni sus pormenores, si tus honorarios fueron apelados todavía no están firmes y consecuentemente no se podrá intimar hasta que lo estén.
Si no entendí mal la caducidad de la segunda instancia la planteó una de las partes contra la otra y no vos.
Saludos.