Consulta recibida en el FORMULARIO DE CONSULTAS:
Hola Mariano, soy abogada y estoy ayudando a mi pareja (martillero), quien fue designado como perito de oficio en un expediente para fijación de canon locativo. En la sentencia, se regularon sus honorarios, lo cual vimos por internet.
No le llegó aún la cédula.
Te consulto por dos cuestiones:
la primera: puede presentar el escrito interponiendo el recurso de apelacion por honorarios bajos (diciendo que se notificó personalmeente??? ), y la segunda: puede fundamentAR el recurso en el mismo escrito, o debo esperar a que el juez me conceda el recurso???.
El expediente tramita en capital federal.
Respuesta:
Si los honorarios están regulados, es posible apelar aunque no nos hayan notificado. La apelación en este caso implica la notificación espontánea. No existe entonces plazo alguno que está corriendo.
Los escritos de apelación de honorarios no es necesarios fundamentarlos, pero si se desea hacerlo, puede ser en el mismo escrito. Luego el juez ordenará correr traslado de la fundamentación a las partes.
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