Comentario de un perito médico, en el FORMULARIO DE CONSULTAS:
Buenas tardes, me han regulado honorarios en un expediente que se concilió. Yo no los apelé, pero la demandada sí lo hizo. El expediente subió a Cámara y volvió al juzgado, pero no veo que haya ninguna sentencia de cámara en el expediente, ni ninguna cédula que se haya librado. El expediente figura en letra en ejecución en el juzgado. Ahora tendría que pedir se intime al depósito del monto de los honorarios que se regularon inicialmente y al pago después?? Muchas gracias por su respuesta.
Respuesta:
Si los honorarios fueron apelados por alguno de los interesados, dicha apelación tiene que resolverse en forma previa a que ordenen la intimación.
Esto es así porque si el recurso de apelación fue concedido, los honorarios no están aún firmes y esto es un requisito necesario para proceder a intimar.
Si hubo un acuerdo y el expediente fue a Cámara, tiene que haber subido exclusivamente con la apelación de los honorarios, motivo por el cual es muy raro que haya bajado de cámara sin ningún movimiento.
Mi recomendación es revisar el expediente para determinar la situación de la apelación y actuar en consecuencia, ya sea impulsando que vuelva a cámara (si no se resolvió la apelación) o pidiendo intimación (si la apelación se resolvió).
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