Consulta de una perito psicóloga, a través del FORMULARIO DE CONSULTAS:
Comentario:
Mariano: quería consultarte qué pasos tendría que seguir en relación a una causa en la que se llegó a un acuerdo, están regulados los honorarios de los peritos. La cédula nunca llegó a mi domicilio. La última vez que consulté por internet, el perito ingeneriero apeló los honorarios por bajos. Mi pregunta es la siguiente: sin haber recibido la cédula, puedo apelar yo también? De ser que si, qué pasos tendría que seguir? Agradezco desde ya tu atención. SALUDOS
Respuesta:
Excelente pregunta.
El objetivo de la cédula de notificación es, justamente, notificar a quien la recibe de un proveido judicial.
Su principal efecto, además del mencionado, es que a partir de su recepción por el interesado, comienzan a correr plazos.
En el caso de una notificación de honorarios, el perito contará con ESTOS PLAZOS para apelar, a partir de la recepción de la cédula.
Si el perito se enteró de la regulación de sus honorarios, por ejemplo porque la vio en el expediente, pero no fue notificado mediante cédula, puede apelar sus honorarios, con la ventaja de que no le estará corriendo plazo alguno para hacerlo.
En síntesis, los honorarios siempre se pueden apelar, solo que si se recibió cédula el recurso deberá presentarse dentro del plazo correspondiente.
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Mariano ¿no sería conveniente que se notifique de los honorarios en el Exp.?.-
Víctor, la notificación del perito será tácita al presentar el escrito de apelación. Luego deberá por supuesto notificar a las partes para darles oportunidad de apelar. Saludos.