Nuestra forma de trabajo


1. ¿En qué fueros trabajamos?

Trabajamos en expedientes radicados exclusivamente en los siguientes fueros del Poder Judicial de la Nación.

Trabajamos en:

  • Civil.
  • Laboral
  • Comercial
  • Civil y Comercial Federal
No trabajamos en:
  • Contencioso Administrativo de la Capital Federal.
  • Seguridad Social.
  • Penal
  • Tribunal Fiscal de la Nación.
  • Fuero de la Ciudad.
  • Provincia de Buenos Aires.

2. ¿Cómo recibimos los expedientes?

Si ya sabe qué expedientes nos asignará, para pasárnoslos por favor llene el formulario al pie. Si no, luego por mail. Al recibir la información podremos decirle cuándo estaremos revisando los expedientes de acuerdo a su orden de llegada.


3. Si luego desea pasarnos más expedientes, ¿tenemos que volver a firmar un convenio?

No. El convenio lo firmamos por única vez y abarca todos los expedientes que desee asignarnos en el futuro. Sin embargo, hay absoluta libertad sobre los expedientes que decida o no asignarnos. 


4. ¿Trabajan con todo tipo de expedientes mientras sean de los fueros mencionados?

No. No trabajamos con los siguientes expedientes:

-Expedientes de familia.

-Ejecutivos

-Exhortos

Expedientes sucesorios

-Concursos y quiebras

-Expedientes con sentencia firme dictada hace 4 años o más.

Expedientes con condenada en costas rebelde.

-Expedientes en los que los honorarios del perito sean menores a 1 UMA. Para ver el valor actual de la UMA, Ingrese en este link.

-Expedientes civiles cuyas citadas en garantía sea cualquiera de estas aseguradoras:

  • Aseguradora Federal Argentina S.A.
  • Escudo Seguros
  • Productores de Frutas.
  • Boston.
  • Caledonia.
  • Protección Mutual del Transporte Público de Pasajeros.
  • Orbis.

-Expedientes laborales cuyas ART sean:

  • Interacción.
  • Liderar (no confundir con la aseguradora en Fuero Civil que sí la tomamos)

-Expedientes cuya condenada en costas sea el Estado o un organismo estatal.

-No realizamos verificaciones de créditos por honorario

-No ejecutamos a personas físicas, salvo que en el expediente haya antecedentes de ello.

-No trabamos embargos sobre haberes, bienes muebles, inmuebles o intervenciones recaudadoras.


5. ¿Desde qué momento procesal se ocupan de los expedientes?

Si bien recomendamos que nos asignen los expedientes cuando aún no tienen sentencia o acuerdo conciliatorio por una cuestión práctica, no actuamos antes de ese momento procesal. No realizamos reclamos de adelanto de gastos. No impulsamos expedientes en etapa probatoria. Trabajamos únicamente con relación a la gestión de honorarios.


6. ¿Será necesario firmar escritos?

Sí, en forma virtual y a medida que le vayamos indicando. Nosotros nos ocupamos de generar el escrito y de subirlo al sistema. Todo el proceso es digital. Ud no tendrá que venir al estudio.

También existe la posibilidad de que nos dé poder judicial y en ese caso no firmará escritos.


7. ¿Cómo me entero del avance de mis expedientes?

Vamos al día siempre con todos los expedientes y estamos en contacto ante cada presentación o cuestión que surja. Tenemos más de 6.000 expedientes de más de 600 peritos de todas las profesiones. Somos un equipo ocupándonos en forma exclusiva de la gestión de honorarios. No obstante, Ud. podrá consultarnos el estado de cualquier causa por mail cuando lo desee.


8. ¿Cobraré todos los expedientes que les pase?

Cobrará lo máximo posible. 

Si un expediente es de cobro imposible, ya sea por su antigüedad, insolvencia del obligado al pago u otro motivo, Ud. será el primero en saberlo.

Por favor, tenga presente que en expedientes antiguos, o en los que las obligadas al pago son personas físicas, o en los que hace mucho tiempo que no se realizan gestiones o que la actora vencedora no pudo cobrar el capital de condena, en general las posibilidades de cobro disminuyen notablemente, por lo que intentaremos hacer sobre los mismos una evaluación de factibilidad descartando los que a nuestro juicio sean de cobro imposible o cuyo trabajo sobre los mismos resulte improductivo.


9. ¿Qué costo tienen nuestros servicios?

Nuestros honorarios serán el 20% (veinte por ciento) de lo que Ud. efectivamente cobre y serán abonados recién en el momento del cobro.


10. ¿Deberá adelantar honorarios o gastos?

No existen adelantos de honorarios de ningún tipo, pero sí podría darse en algún caso que deban abonarse sellados o gastos de gestoría, en caso de algunos embargos. En esos casos, se lo comunicaremos previamente para que Ud. decida antes de avanzar.


11. Quisiera pensarlo un poco más o consultar con otros abogados, ¿debo decidirme ya?

Para nada!

Mientras lo piensa, tiene a su disposición muchísima información en forma gratuita en soyperito.com que le permitirá consultar distintas situaciones procesales que pueden darse en los expedientes. Lo más importante es no dejar los expedientes a la deriva.

Si desea consultar con otros abogados encontrará algunas sugerencias que lo ayudarán a decidir, siguiendo este enlace.


12. Estoy decidido/a, ¿Qué debo hacer?

Por favor, llene el siguiente formulario. Nos contactaremos por e-mail para hacerle llegar un sencillo convenio de honorarios para que preste su conformidad y comenzaremos a evaluar las causas asignadas:


 

    Nombre y apellido completos

    Profesión

    DNI

    CUIT

    Situación impositiva

    Domicilio

    Localidad

    Email

    Celular

    ¿Cómo se enteró de mis servicios?

    Expedientes a asignar en CABA (incluir: Fuero, Nº/año y carátula completa)

    Comentario (opcional)

     

    Suscribirse por mail

    Reciba nuestras publicaciones por mail