La condenada en costas apeló por altos mis honorarios y los depositó, ¿qué hago?

Es una situación poco común, pero puede darse.

En general si nos apelan los honorarios por altos es con fines dilatorios y para tratar de bajar el monto. En consecuencia, no depositarán hasta tanto la Cámara de Apelaciones no se pronuncie y los honorarios queden firmes.

Y, por otro lado, si los depositan es porque quieren saldarlos y «cerrar la carpeta» y por lo tanto no apelarán.

En el caso de que depositen pero a la vez apelen, si al depositar dieron en pago, no hay ningún impedimento para cobrar y es el momento de pedir libramiento de giro. Sobre todo si nosotros no apelamos por bajos.

Si no lo hacemos nos arriesgamos a que el expediente suba a Cámara para considerar una confirmación y/o reducción de los mismos ya que al no haber apelado por bajos nunca considerarán un aumento.

Entonces: honorarios depositados, pedir giro más allá de las apelaciones.


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Dr. Mariano A. Fernández Oromendia
Especialista en cobro de honorarios periciales.
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