Es un tema que nos toca a todos los que trabajamos en la Justicia, tanto peritos, como abogados.
Por un lado tenemos a la Justicia, que funciona todo el año salvo durante el mes de enero y la mitad de julio. Por el otro, las vacaciones planificadas que coinciden dentro del periodo en que funciona ese Poder Judicial en el que voluntariamente nos anotamos para trabajar.
Existe la posibilidad de no aceptar el cargo, en cuyo caso perderemos el «turno» para un nuevo sorteo o, bien, aceptarlo y presentar una nota en las Cámaras en las que nos anotamos, con la debida anticipación, para que modifiquen el sistema a fin de que no aparezcamos en la lista de peritos con posibilidad de ser sorteados por los Juzgados durante ese periodo.
Distinto es el caso de las designaciones fuera de ese momento. En ese caso tenemos la obligación de asumir la tarea para la cual nos anotamos. No obstante, se puede asumir el cargo y presentar una nota informando que ya se contaba con vacaciones planificadas y solicitando una prórroga para actuar mientras dure ese periodo.
Se estará en definitiva al criterio del Juzgado, que podrá optar por una de estas alternativas:
1) otorgar la prórroga.
2) correr traslado a las partes para oirlas antes de decidir.
3) denegar la prórroga, manteniéndose la obligación del perito de actuar conforme se obligó al anotarse. En este caso, se producirá la mora del perito «de hecho» y muy posiblemente será la parte actora quien pedirá se lo intime a actuar bajo apercibimiento de remoción.
4) denegar la prórroga y remover al perito informando del hecho a la Cámara respectiva, para luego sortear a un nuevo profesional.
No announcement available or all announcement expired.