No es frecuente, pero cuando el expediente sube a Cámara con apelaciones de Sentencia y de honorarios, el Tribunal Superior podría pasar por alto expedirse sobre alguna apelación de honorarios y devolver el expediente al juzgado.
Toda apelación si fue concedida, debe ser atendida por la Cámara.
Si esto ocurre, debemos presentar un escrito solicitando la inmediata elevación a efectos de que se trate la apelación de nuestros honorarios.
Es conveniente evitar que pase el tiempo para hacer la presentación porque una vez que el expediente vuelve al juzgado, se activa la etapa de liquidación y pago de la sentencia y entonces será más complicado lograr que suba.
Hay que recordar que la parte condenada en costas no estará obligada a depositar nuestros honorarios hasta tanto éstos no estén firmes, y ello no ocurrirá hasta que no se resuelva la apelación.
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