Todo escrito al que se le haya puesto cargo (sello automático del juzgado que indica fecha y hora de presentación) se convierte en instrumento público y debe ser agregado al expediente, foliado y proveído.
Sí o sí.
Si el escrito no fue agregado al expediente podemos presentar un nuevo escrito adjuntando la copia de aquél que no aparece (la que recibimos sellada cuando lo presentamos) y pedir que se agregue y se provea.
Si, por el contrario, el escrito sí fue agregado pero nunca fue proveído, entonces debemos ponerlo de manifiesto a través de un escrito en el que pedimos que «se provea la presentación de fs….»
No hay que perder de vista que a veces algunos expedientes pueden recibir varios escritos en dias subsiguientes y los juzgados suelen agregarlos todos juntos y proveerlos luego del último en un solo proveido. Es decir que si la foja siguiente a nuestro escrito no es la resolución que lo provee, sigamos mirando las siguientes fojas ya que puede darse que el proveido se encuentre más adelante.
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