Sabido es que las costas del proceso las asume la parte que pierde, en este caso la actora.
Pero si a dicha parte le fue otorgado el Beneficio de Litigar sin Gastos, significa que por su precaria situación económica no está obligada a pagar los gastos del juicio.
A no desesperar, no todo está perdido. Por el art. 77 del Código Procesal tenemos el derecho de reclamar hasta un 50% de los honorarios a la parte que ganó el juicio.
Esto, mirando el vaso medio lleno, significa que dado que no habremos perdido totalmente la posibilidad de cobrar honorarios porque podremos reclamárselos a la demandada, a pesar de haber vencido.
Mirando el vaso medio vacío, debemos resignar el otro 50% debido a que nunca vamos a poder reclamárselo a la actora con Beneficio.
¿Te fue de utilidad esta información? ¿Te gusta el Blog? Comentalo acá!
Sé el primero en comentar en «La actora perdió y tenía Beneficio de Litigar sin Gastos ¿quién me paga?»