La actora perdió y tenía Beneficio de Litigar sin Gastos ¿quién me paga?

Sabido es que las costas del proceso las asume la parte que pierde, en este caso la actora.

Pero si a dicha parte le fue otorgado el Beneficio de Litigar sin Gastos, significa que por su precaria situación económica no está obligada a pagar los gastos del juicio.

A no desesperar, no todo está perdido. Por el art. 77 del Código Procesal tenemos el derecho de reclamar hasta un 50% de los honorarios a la parte que ganó el juicio.

Esto, mirando el vaso medio lleno, significa que dado que no habremos perdido totalmente la posibilidad de cobrar honorarios porque podremos reclamárselos a la demandada, a pesar de haber vencido.

Mirando el vaso medio vacío, debemos resignar el otro 50% debido a que nunca vamos a poder reclamárselo a la actora con Beneficio.


 

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