Consulta de una perito contadora:
Comentario:
Hola: quería consultar lo siguiente: Tengo honorarios depositados, pero paso tanto tiempo que actualmente estoy trabajando en relación de dependencia y no estoy ni inscripta ni matriculada. Podré cobrarlos igual? y como es el procedimiento? Muchas gracias!!
Respuesta:
Para cobrar los honorarios es requisito estar inscripto en AFIP y presentar en el expediente la constancia de inscripción.
Sin embargo, en un caso puntual como el consultado existe una solución alternativa: cederle los honorarios a otra persona que sí esté inscripta, para que ella los cobre.
Esta cesión se instrumenta mediante un contrato que se presenta en el expediente con un pedido expreso de que el cheque sea emitido a nombre de la otra persona. Hay que esperar que sea aceptada por el juzgado y de esa forma se soluciona el problema.
Por supuesto que a los efectos impositivos está persona tributará como si los honorarios fueran propios.
¿Están interesados en acelerar el cobro de sus honorarios? CONTÁCTENSE.
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