Pregunta rápida:
¿Cuánto tiempo se toma como parámetro para estimar cuándo el expediente subirá a Cámara?
Respuesta rápida:
No. No existe un plazo que los juzgados deban cumplir para elevar el expediente a Cámara.
A partir del momento en que se solicita la elevación (que indefectiblemente debe ser solicitada por el interesado), el juzgado revisará el expediente y controlará que todos aquéllos profesionales a quienes se les haya regulado honorarios, hayan sido notificados de sus respectivas regulaciones, así como todas las partes involucradas. Esto es a efectos de garantizarles a todos la posibilidad de apelar y que el expediente suba una sola vez para decidir sobre todas las apelaciones.
El tiempo de todo ese proceso suele ser muy variable porque depende de la celeridad de las partes interesadas en llevar a cabo todas las notificaciones y de la celeridad con que el Juzgado controle.
En este post les recomendé una ESTRATEGIA PARA LOGRAR QUE EL EXPEDIENTE SUBA A CÁMARA MÁS RÁPIDO
Se supone que con el nuevo Régimen de Domicilio y Notificación electrónica los plazos se deberían acelerar considerablemente.-
Así debería ser.