Una perito dejó el siguiente comentario a través de LinkedIn. Los invito a enviar las cuestiones que les generen dudas a través del FORMULARIO DE CONTACTO para ser respondidas y debatidas anónimamente en el Blog.
Comentario:
Tengo una causa civil en la que fui nombrada perito en psicología, hace mas de dos meses. Sucede que presenté el pedido para poder retirar el expediente, leerlo tranquila y luego asi presentar las fechas para citar al actor. Desde que me lo autorizaron (hace un mes y medio aproximadamente) el estado del expediente figura como «Despacho», motivo por el cual, no pude ir a retirarlo aún. ¿Que debería hacer en ese caso?
Respuesta:
Si presentó un escrito pidiendo el expediente en préstamo y no lo retiró, la pelota quedó de su lado de la cancha.
Es decir que en el expediente figurará u pedido del perito para llevárselo en préstamo y luego nada más de su parte.
Desde ya que no hay responsabilidad alguna del perito si el expediente está continuamente «a despacho».
Pero aquí hago una salvedad: hay que tener cuidado de cómo nos enteramos de que está a despacho. Si es exclusivamente a través de internet, puede pasar que el juzgado no actualice el estado del expediente (ocurre bastante a menudo) y que éste figure «a despacho» cuando en realidad está en su casillero.
Y si está en el casillero y no figura que se retiró en préstamo la demora en hacerlo lamentablemente será imputable al perito.
Por ello, lo más efectivo es, si pedimos el expediente en préstamo y nos lo concedieron, ir al Juzgado los días de nota (martes y viernes) comenzando por el siguiente al del proveido que concedió el préstamo.
Si concurrimos supongamos el siguiente martes y el expediente está en letra, lo retiramos. Si no está en letra, debemos dejar nota en el libro de asistencia para que quede constancia de que pedimos el expediente y éste no estaba en letra.
Esto está previsto en el Código Procesal y solamente puede hacerse los martes y viernes.
Por ese motivo, si dejamos nota hoy martes (porque no encontramos el expediente en letra) tendremos que volver el viernes y repetir el procedimiento hasta que podamos sacarlo.
Esto es facultativo del perito, pero elimina cualquier posibilidad de reclamo posterior.
…
Se viene una reunión gratuita para despejar dudas a peritos. ¡Estén atentos!
No me queda en claro, qué es lo que solamente se puede hacer los días martes y jueves.
Según el Código Procesal, los días martes y viernes son los días en que los expedientes tienen que estar a disposición de las partes y auxiliares de la justicia.
Por eso, si vamos a ver el expediente y no está en letra, unicamente esos días podemos dejar constancia en el libro de notas (o libro de asistencia) de dicha circunstancia.
Sería como decirle al Juzgado: «Sres. yo vine a ver el expediente cuando debía y no estaba disponible. Suspendan el plazo.»
Mariano, te comento que en la mayoria de los juzgados no nos dejan dejar nota a los peritos diciendo que es de uso exclusivo para abogados. No se hasta donde es esto cierto, pero no me lo permiten casi nunca y me solicitan deje escrito. Saludos.
Si, esto es porque algunos Juzgados tienen el criterio de que el libro de notas es exclusivo para las partes.
Otros juzgados, ni se fijan quien deja nota.
La alternativa, como vos decís es dejar un escrito. Salvo en el fuero laboral los juzgados también son reacios a recibir escritos si el expediente no está en letra, pero esto puede salvarse yendo directamente a las mesas receptoras (generales).
Saludos.
Muy buena info; no sabía lo de las notas martes y viernes. Gracias Mariano por compartir!!.
MUCHAS GRACIAS POR LA ACLARACION