El Adelanto de Gastos, una vez que fue ordenado por el juez, es obligatorio para la parte.
No obstante, también el perito tiene la obligación de presentar la pericia.
Sugiero seguir estos pasos:
1. Llamar al abogado del actor para sugerirle el pago del adelanto en forma extrajudicial «para poder comenzar a trabajar en los puntos de pericia que solicitó»
2. Si no hay respuesta por esta vía, presentar un escrito pidiendo se intime a la actora a depositar el Adelanto, y seguirlo hasta que ocurra.
3. Estar atentos al expediente por si los íntiman a realizar la pericia de todas formas
La idea es comenzar a trabajar una vez que se perciba el adelanto, pero sin perder de vista una posible intimación que pudiéramos recibir en el expediente.
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