Presenté la pericia, ¿cuándo me regularán honorarios?

La labor pericial es parte de la prueba ofrecida por las partes en el expediente.

Mientras el perito se dedica a realizar su labor (entrevistar a los peritados, compulsada documentación, etc) también se está produciendo el resto de la prueba.

Una vez que el perito presentó la pericia y contestó las impugnaciones la labor pericial ha terminado. Sin embargo, hay que esperar a que el resto de la prueba también esté completamente producida.

Cuando esto ocurra las partes deberán presentar los alegatos y terminada esa etapa se dictará sentencia contendrá la regulación de honorarios del perito (fuero laboral) o no necesariamente en ese momento debiendo esperar a que la sentencia quede firme y se practique liquidación (resto de los fueros).
Los tiempos de todos este proceso son muy variables, ya que dependen de múltiples factores y situaciones que pueden cambiar de expediente en expediente.


Consulta enviada por una perito contadora por el Formulario de Consultas.


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