Muy común en el Fuero Laboral.
Notamos que nuestros honorarios están depositados y pedimos se libre cheque a nuestro nombre, pero el juzgado provee «acompañado que sea el saldo bancario se proveerá».
Como ocurre con todas las órdenes judiciales, su cumplimiento está a cargo del interesado. Y esta no es la excepción.
Es quien pide el cheque al que le solicitaron el saldo, quien debe acompañarlo. Si esperamos que lo haga una de las partes, nada pasará.
Entonces, producido el pedido de saldo, hay que concurrir al banco en el cual está la cuenta del expediente (Fuero Laboral: Banco Ciudad en Esmeralda 660, CABA, de 8.30 a 13.30 hs) y pedirlo con el número de expediente y carátula.
Los saldos de expedientes laborales son gratuitos.
Una vez que tenemos el saldo en nuestro poder, lo presentamos con un escrito «Acompaña saldo bancario» y entonces sí, el juzgado corroborará que haya fondos en la cuenta y ordenará el libramiento del cheque.